La CNT ante la proclamación de la República

La CNT ante la proclamación de la República

La caida de la dictadura militar del general Primo de Rivera permitió a la CNT volver a la legalidad. El 14 de abril de 1931 fue proclamada la Segunda República en España, convirtiéndose Niceto Alcalá Zamora en su primer presidente. El gobierno provisional quedó prácticamente constuido por los mismo hombres del Comité Revolucionario Nacional, que durante las siguientes cuarenta y ocho horas se ocupó de lanzar decreto tras decreto. En uno de sus programas se adelantaba: responsabilidad, libertad de creencias y culto, garantías individuales y garantías a la propiedad privada. Los observadores empezaron pronto a constatar que el nuevo régimen no tenía nada de revolucionario, pese a lo cual elementos de la aristrocracia comenzaron a exportar en masa sus capitales. Poco después los terratenientes se expatriarían, dejando las tierras sin cultivar.
Algunos hombres del nuevo gobierno pertenecían en espíritu al antiguo régimen, como Miguel Maura y Alcalá Zamora. El primero explicaba en estos términos el motivo de su evolución:

 "El problema que se nos planteaba era el siguiente: la monarquía se había suicidado y, por lo tanto, o nos incorporábamos a la revolución naciente, para defender dentro de ella los principios conservadores legítimos o dejábamos campo libre, en peligrosísima exclusiva a las izquierdas y a las organizaciones obreras."
La CNT llegó a la Segunda República después de un período de más de dos décadas caracterizado por períodos de represión y otros, más escasos, de libertad de actuación. La Confederación había recorrido desde su creación hasta 1918 un largo proceso de organización sindical, que partió de la unificación de las sociedades obreras evolucionando hasta la formación de los Sindicatos Únicos de Industria. Esto le proveyó de una herramienta útil para garantizar la eficacia de la acción sindical, tal como se demostró en la huelga de la Canadiense en 1919, y le confirió un gran prestigio entre los trabajadores, siendo identificada por éstos como la organización que mejor les representaba. Con esta nueva forma organizativa, que evitaba duplicidades, consiguió una gran capacidad de maniobra para negociar y para adaptarse a diferentes situaciones de conflictividad –algo sin parangón hasta entonces– situándose como un referente para la clase obrera.
A pesar de que en 1919 la Confederación se definió como una organización anarcosindicalista que tenía como objetivo la consecución de una sociedad anarquista (comunista libertaria) y como ámbito de actuación el sindicato abierto a todos los trabajadores, los dilatados períodos de clausura y clandestinidad obstaculizaron la actividad normalizada y la discusión interna, sobre todo el comprendido entre 1920 y la proclamación de la Segunda República. Esto dio lugar a serios conflictos internos.
De hecho, la ausencia de una práctica sindical normalizada impedía la participación obrera, y la discusión entre tendencias ideológicas no ayudaba en nada a la estabilización de la CNT ni a su maduración interna. Bajo estas circunstancias llegó la CNT a la proclamación de la Segunda República: contaba con un gran prestigio e influencia entre los trabajadores por su esfuerzo organizador y sus éxitos en la defensa de los mismos, pero una práctica sindical debilitada y una militancia dividida sobre qué hacer y cómo en cada coyuntura.
Manifestación de parados durante la república.
Manifestación de parados anarcosindicalista en el Alto Aragón. 1931.
El 7 de mayo de 1931 Largo Caballero, ministro de Trabajo y secretario general de la UGT, promulgó un decreto ley en el que quedaban implantados los jurados mixtos, que no eran sino los comités paritarios de la Dictadura. Las leyes laborales de Largo Caballero situaban a la CNT en clara desventaja respecto a la UGT, ya que este decreto dejaba fuera de la ley a la Confederación, sector mayoritario del proletariado español organizado, por ir contra los principios más básicos de ésta. Toda diferencia entre obreros y patronos tenía que ser previamente arbitrada y, por otra parte, aquella disposición, claramente diriga contra el anarcosindicalismo, tendía a la supresión del derecho de huelga. Las masas obreras comprendieron prontamente que el nuevo régimen no acertaria a colmar sus razonables aspiraciones.

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